El Tribunal Supremo declaró en el mes de marzo de 2020 que había usura en los intereses de las tarjetas revolving que superaran el tipo medio reflejado por el Banco de España relativas al segmento de tarjetas de crédito con pago aplazado, que por entonces se aproximaba al 20%. Casi un año después, ya son muchas las sentencias judiciales que estiman que un interés superior al 25% constituye usura.
La sentencia del Tribunal Supremo produjo un efecto inmediato en muchas de las entidades emisoras de tarjetas revolving en nuestro país, que han ido reduciendo sus intereses para acercarse al 20% TAE, sin embargo, aún el año pasado se seguían emitiendo tarjetas con intereses por encima del interés considerado ya entonces usurario por nuestros tribunales (la tarjeta Después Oro, de BBVA, con una TAE del 27,49%, la tarjeta Bankinter Obsidiana / Bankintercard, con una TAE del 26,82%, mismo índice que alcanzaba la tarjeta WiZink antes de la sentencia que les condenó, la tarjeta Después BBVA, con un interés del 25,41%, la Tarjeta Compras de Bankia alcanzaba un TAE del 26,08%; la Visa & Go de CaixaBank, con una TAE del 24,9%).
Otras tarjetas muy comercializadas en nuestro país con intereses “notablemente superiores” al normal del dinero han sido la Tarjeta Visa Shopping del Banco Sabadell, la Visa Shopping Deutche Bank, la Affinity Card, la Barclaycard, la Cetelem, Tarjeta Oney Alcampo, Tarjeta Carrefour Pass, Tarjeta IKEA, , Tarjeta Citibank, Tarjeta BBVA A Tu Ritmo, Tarjeta Caixabank Oro y Caixabank GO, Tarjeta BBVA Después, Tarjeta El Corte Inglés, Tarjeta Santander Consumer Finance, Tarjeta MBNA / EVO Finance, Tarjeta Vodafone, Visa Eroski Red…, la lista es infinita, algunas de ellas se han llegado a comercializar con unos intereses superiores al 30%.
Si el interés aplicado en su tarjeta es un interés usurario, usted sólo estará obligado a devolver la cantidad que le ha prestado la entidad financiera, sin intereses desde la fecha de contratación de la tarjeta; ésto, en muchas ocasiones y debido al propio funcionamiento de este tipo de tarjetas, está originando no sólo que el consumidor vea cancelada su deuda, sino que incluso sea la entidad quien tenga que devolver al cliente todo el dinero recibido en concepto de intereses, que en ocasiones supera la cantidad prestada.
En nuestro despacho, Elena Herrero Abogada, hemos conseguido cancelar la totalidad de deudas vinculadas a tarjetas revolving, con devolución de importantes cantidades que les habían sido cobradas a nuestros clientes en base a intereses usurarios; además, lo hemos logrado en muchas ocasiones con negociaciones extrajudiciales, sin necesidad de acudir a juicio.
El Tribunal Supremo ha determinado además con claridad la no prescripción de la acción de nulidad del préstamo usurario, así que no lo dude, si ha contratado ahora o en el pasado una tarjeta revolving, consulte con su abogado de confianza.